lunes, 15 de diciembre de 2008

El Plan de Derechos Humanos de Zapatero

Acostumbra Zapatero a alardear de que defiende a los débiles y a los pobres y probablemente espera que puesto que repite tanto estas cantinelas haya un público que lo crea. La realidad queda de manifiesto en esta ley:
50186 Miércoles 5 diciembre 2007 BOE núm. 291
I. Disposiciones generales
JEFATURA DEL ESTADO
20910 LEY 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social.
Artículo 8. Incapacidad temporal y desempleo.
Se da nueva redacción al apartado 1 del artículo 222 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en los siguientes términos:

«1. Cuando el trabajador se encuentre en situación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes y durante la misma se extinga su contrato, seguirá percibiendo la prestación por incapacidad temporal en cuantía igual a la prestación por desempleo hasta que se extinga dicha situación, pasando entonces a la situación legal de desempleo
En el supuesto de que la extinción se haya producido por alguna de las causas previstas en el apartado 1 del artículo 208 y a percibir, si reúne los requisitos necesarios, la prestación por desempleo contributivo que le corresponda de haberse iniciado la percepción de la misma en la fecha de extinción del contrato de trabajo, o el subsidio por desempleo.
En tal caso, se descontará del período de percepción de la prestación por desempleo, como ya consumido, el tiempo que hubiera permanecido en la situación de incapacidad temporal a partir de la fecha de la extinción del contrato de trabajo.

Se puede leer directamente en el BOE o en el blog de Juan Vilas, en el que relata su peripecia. Entre parecer y ser hay una diferencia sustancial. El mismo gobierno que ha corrido a ayudar a los grandes empresarios y a los grandes banqueros no se inmuta ante le angustia de los más desfavorecidos.
Hace unas pocas semanas surgió la noticia de que una empresa había despedido a una trabajadora que estaba en coma. Los empresarios pudieron tomar esa decisión al pensar que si la Seguridad Social se desentendía del caso ellos no tenían obligación de asumir el coste. El gobierno sufrió mucho menos desgaste por ese caso que la empresa, cuando debió ser al revés. Asusta pensar en los motivos por los que la oposición no hizo hincapié en este asunto.

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