La
Constitución española de 1978. Artículo 67.2 Los
miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato
imperativo.
Se
le va a imponer una sanción de 500 euros a Celia Villalobos por
saltarse la disciplina de voto del PP. No es la primera vez que se la
sanciona por este motivo, pero en esta ocasión el voto era secreto,
cosa que convierte a la sanción en un doble contrasentido. La
votación secreta vino a demostrar la férrea disciplina que impera
en los partidos españoles. Lo procedente y lo legal que todos
hubieran votado libremente y a cara descubierta. Pero en este caso,
quienes se hubieran creído eso de la libertad de voto hubieran
notado que no se puede desobecer impunemente a los poderosos de los
partidos. Sólo quienes también se sienten poderosos y el cálculo
les permite hacerlo se atreven a dar la nota discordante. En este
caso es obvio que a Celia Villalobos 500 euros no le suponen mucho y
seguirá estando en las listas, porque a su partido le conviene que
esté.
Por
otro lado, el PP no puede temer a las críticas procedentes de otros
partidos, porque todos funcionan igual, salvo uno que funciona peor,
porque lo hace a base de asambleas.
Uno
de los políticos de la competencia del PP ha dicho “El Partido
Socialista en Navarra soy yo”, y nadie se ha llevado un susto ante
tal despliegue de artillería totalmente contraria a los conceptos de
la democracia. Éstos son los que luego quieren vencer a Franco
después de muerto.
Las
críticas deberían venir del lado de los ciudadanos, que son los que
salen perdiendo de todo esto, porque pagan un Parlamento compuesto
por 350 diputados, pero sólo son unos pocos los que deciden. Lo
honrado en este caso sería un Parlamento de cinco, seis o siete
personas. El ahorro sería considerable. Los ciudadanos deberían
pensar menos en sus simpatías políticas y más en su bolsillo.
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